Quien inicia una actividad y tributa en estimación directa puede reducir un 20 % el rendimiento neto positivo del primer año en que tenga beneficio y del siguiente, sobre un máximo de 100.000 € de rendimiento. Solo cuenta como inicio si no ejerciste ninguna actividad económica el año anterior. No se aplica el año en que más de la mitad de tus ingresos venga de la empresa para la que trabajaste el año anterior al inicio. Comprueba que la aplicas en la Renta.
si empezaste hace poco, anota cuál será tu primer año con beneficio y revisa que la reducción del 20 % aparezca en tu declaración.
Ejemplo práctico
Empiezas en 2026 con pérdidas y en 2027 ganas 25.000 €: en 2027 reduces 5.000 € y en 2028 vuelves a reducir el 20 % de lo que ganes.
Error habitual
Darte de alta como autónomo y facturar casi todo a tu antigua empresa esperando la reducción: ese año no se aplica.
País Vasco y Navarra: En País Vasco y Navarra el IRPF es foral y no se aplica esta reducción estatal; consulta la norma de tu hacienda foral.
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Fuentes oficiales
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Revisado con fuentes oficiales · actualizado el 29 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional para tu caso concreto.