
Autónomos de Ceuta: hasta el 30 de noviembre para pedir la ayuda de 5.000 euros
El RDL 22/2026 da 5.000 € a cada autónomo de Ceuta y de 10.000 a 150.000 € a empresas. Se pide en la sede de la AEAT y está exenta de IRPF.
Autónomos de Ceuta: hasta el 30 de noviembre para pedir la ayuda de 5.000 euros
Los autónomos y empresas con actividad en Ceuta tienen de plazo hasta el 30 de noviembre de 2026 para solicitar las ayudas directas aprobadas por el Real Decreto-ley 22/2026, de 1 de septiembre, publicado en el BOE del 2 de septiembre. El Congreso lo convalidó el 16 de septiembre, según la resolución publicada en el BOE. Las gestiona la Agencia Tributaria, que lo explicó en una nota en su sede.
Quién puede pedirla
Empresarios y profesionales que, entre el 30 de julio de 2026 y el 3 de septiembre de 2026 (fecha de entrada en vigor del decreto), tuvieran en Ceuta su domicilio fiscal, su establecimiento o inmuebles afectos a la actividad. Además:
- Estar de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores en ese periodo.
- Haber presentado la declaración de 2025 con ingresos de actividad: la renta, si eres autónomo, o el Impuesto sobre Sociedades, si eres empresa. Las comunidades de bienes, además, la declaración informativa de entidades en atribución de rentas.
- Si empezaste en 2026, haber presentado el modelo 036 de alta antes del 3 de septiembre y no haberte dado de baja antes del 30 de julio.
- Quedan fuera los grandes contribuyentes adscritos a la Delegación Central.
Cuánto se cobra
- Autónomos (personas físicas): 5.000 euros, importe único.
- Sociedades y comunidades de bienes, según la cifra de negocios: 10.000 € hasta 1 millón; 20.000 € entre 1 y 2 millones; 40.000 € entre 2 y 6 millones; 80.000 € entre 6 y 10 millones, y 150.000 € por encima.
- Las sociedades y entidades dadas de alta en el censo en 2026 (con el 036 presentado antes del 3 de septiembre) reciben 10.000 €.
La ayuda está exenta del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades, según el propio decreto. No la tienes que declarar como ingreso.
Cómo se pide
Con un formulario en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el que tienes que indicar una cuenta bancaria de la que seas titular. Si con los datos que tiene la AEAT detecta que no cumples algún requisito, el justificante incluirá una propuesta de denegación y tendrás 15 días para alegar. Las solicitudes fuera de plazo se inadmiten. Si pasan tres meses desde el 30 de noviembre sin cobrar, puedes entenderla desestimada y recurrir.
Si después se comprueba que no cumplías los requisitos, habrá que devolverla con intereses de demora.
Otras ventajas fiscales para 2026 en Ceuta
El decreto también rebaja la factura fiscal de este año para quien trabaja en Ceuta:
- En estimación directa simplificada, los gastos de difícil justificación suben al 10 % en 2026.
- En módulos, la reducción general del rendimiento neto también pasa al 10 % para las actividades en Ceuta.
- Ambas reducciones se tienen en cuenta en los pagos fraccionados de 2026 cuyo plazo empiece pasado un mes desde la entrada en vigor (el 3 de octubre). El del tercer trimestre se abrió el 1 de octubre, así que la primera vez que lo notarás en el modelo 130 o 131 será en el del cuarto trimestre, en enero de 2027, además de en la renta de 2026.
Qué hacer ahora
- Entra en la sede de la AEAT con tu certificado o Cl@ve y presenta el formulario antes del lunes 30 de noviembre.
- Comprueba que la cuenta bancaria está a tu nombre y que no tienes pendiente ninguna declaración de 2025.
- Si tienes asesoría, que revise tu modelo 130 del cuarto trimestre con el 10 %. Para otras ayudas, usa el buscador de subvenciones.
Escrito por Equipo Simplifico
Contenido divulgativo elaborado por Simplifico para autónomos y pymes. No sustituye el asesoramiento profesional: comprueba siempre la normativa vigente en las fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria, Seguridad Social).


