
Amortizaciones para autónomos: cómo deducir el ordenador, la maquinaria o el local
Lo que compras para usar varios años no se deduce de golpe: se amortiza. Tabla simplificada, la regla de los 300 € y la amortización acelerada.
Amortizaciones para autónomos: cómo deducir el ordenador, la maquinaria o el local
Compras un portátil de 1.500 € en noviembre y piensas que te restará 1.500 € de beneficio este año. No es así: lo que compras para usar durante varios años es inmovilizado y su coste se reparte entre los años de uso mediante la amortización. Bien aplicada, es uno de los gastos deducibles más claros; mal aplicada, una fuente habitual de regularizaciones.
Gasto corriente o inversión
- Gasto corriente: lo que se consume en el año (material de oficina, cuotas de software, reparaciones). Se deduce entero en el año.
- Inversión: bienes que duran más de un año y que usas en la actividad (ordenadores, mobiliario, maquinaria, vehículos, locales). Se deducen poco a poco.
El IVA de la compra va por otro camino: si tienes derecho a deducirlo, lo recuperas en el modelo 303 del trimestre de la compra, sin esperar a la amortización.
La tabla de amortización simplificada
Si estás en estimación directa simplificada, el artículo 30 del Reglamento del IRPF obliga a amortizar de forma lineal con la tabla simplificada aprobada por la Orden de 27 de marzo de 1998, que sigue vigente:
| Grupo | Elementos | Coeficiente lineal máximo | Periodo máximo |
|---|---|---|---|
| 1 | Edificios y otras construcciones | 3 % | 68 años |
| 2 | Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del inmovilizado material | 10 % | 20 años |
| 3 | Maquinaria | 12 % | 18 años |
| 4 | Elementos de transporte | 16 % | 14 años |
| 5 | Equipos para tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos | 26 % | 10 años |
| 6 | Útiles y herramientas | 30 % | 8 años |
Puedes aplicar cualquier porcentaje entre el que resulta del periodo máximo y el coeficiente máximo. Si estás en estimación directa normal, usas la tabla general del Impuesto sobre Sociedades, que tiene más categorías.
Ejemplo
Portátil de 1.500 € (sin IVA) puesto en funcionamiento el 1 de octubre de 2026. Con el 26 % anual: 1.500 × 26 % = 390 € al año. En 2026 solo amortizas los tres meses de uso: 390 × 3/12 = 97,50 €. El resto se deduce en los años siguientes hasta completar los 1.500 €.
Los elementos de menos de 300 euros
El artículo 12.3.e) de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aplicable a los autónomos en estimación directa, permite amortizar libremente (es decir, deducir de una vez) los elementos nuevos cuyo valor unitario no supere 300 €, con un límite de 25.000 € al año. Un monitor, una silla o un disco duro de menos de 300 € pueden ir enteros al año de compra.
Amortización acelerada para empresas de reducida dimensión
El mismo artículo 30 del Reglamento del IRPF permite aplicar sobre la tabla simplificada los incentivos de las empresas de reducida dimensión (cifra de negocios inferior a 10 millones de euros, según el artículo 101 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades). El principal es que los elementos nuevos pueden amortizarse multiplicando por 2 el coeficiente máximo (artículo 103). Con el portátil del ejemplo, podrías llegar al 52 % anual.
Esto adelanta el gasto, pero no lo aumenta: lo que deduces antes, no lo deducirás después. Te interesa en años con más beneficio o si prevés que bajen tus ingresos.
El vehículo y la vivienda: casos delicados
- Coche: en IRPF, solo es amortizable si está afecto exclusivamente a la actividad, salvo excepciones como vehículos de transporte de mercancías, autoescuelas, representantes o agentes comerciales. Un coche de uso mixto, en general, no se amortiza en IRPF, aunque puedas deducir parte del IVA.
- Local o vivienda: se amortiza la construcción, no el suelo. Si usas parte de tu vivienda, solo la parte afecta y en proporción a los metros.
Cuándo empieza y qué pasa si vendes
La amortización empieza cuando el bien entra en funcionamiento, no cuando lo pagas. Si lo vendes, la diferencia entre el precio de venta y el valor pendiente de amortizar es una ganancia o pérdida patrimonial. Por eso conviene llevar un libro registro de bienes de inversión actualizado.
Errores frecuentes
- Deducir de golpe un bien de más de 300 € en estimación directa simplificada.
- Amortizar el suelo de un local.
- Empezar a amortizar desde la fecha de factura y no desde la puesta en funcionamiento.
- Amortizar un coche de uso mixto en el IRPF.
- Superar el coeficiente máximo sin derecho a la amortización acelerada.
Qué hacer ahora
- Antes de fin de año, haz inventario de lo comprado en 2026 y separa gastos de inversiones.
- Si estás pensando en comprar equipo, valora hacerlo antes del 31 de diciembre: entrará en funcionamiento en 2026 y empezará a amortizarse.
- Calcula cuotas y valores pendientes con la calculadora de amortizaciones.
- Revisa la lista de gastos deducibles para no mezclar conceptos.
Escrito por Equipo Simplifico
Contenido divulgativo elaborado por Simplifico para autónomos y pymes. No sustituye el asesoramiento profesional: comprueba siempre la normativa vigente en las fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria, Seguridad Social).


