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Contrato formativo en 2026: alternancia o prácticas, duración, sueldo y bonificaciones
Legal y Normativa

Contrato formativo en 2026: alternancia o prácticas, duración, sueldo y bonificaciones

Las dos modalidades de contrato formativo explicadas para pymes: a quién puedes contratar, cuánto dura, el salario mínimo y qué bonificaciones tiene.

Equipo Simplifico5 min de lectura
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Contrato formativo en 2026: alternancia o prácticas, duración, sueldo y bonificaciones

Si quieres incorporar a alguien joven o recién titulado a tu negocio, el contrato formativo puede ser una buena puerta de entrada: combina trabajo y aprendizaje, tiene reglas claras de salario y algunas bonificaciones. Desde la reforma laboral hay dos modalidades, ambas en el art. 11 del Estatuto de los Trabajadores. Elegir mal una u otra es el error más común.

Las dos modalidades de un vistazo

Formación en alternanciaObtención de práctica profesional
Para quiénPersonas que estudian FP, universidad o especialidades del Sistema Nacional de Empleo y no tienen la titulación para un contrato de prácticasPersonas con título universitario, de FP de grado medio o superior, máster profesional o certificado de profesionalidad
CuándoMientras estudianDentro de los 3 años siguientes a terminar los estudios (5 si hay discapacidad)
DuraciónDe 3 meses a 2 añosDe 6 meses a 1 año
Jornada máxima de trabajo65 % el primer año y 85 % el segundoSin ese límite
Periodo de pruebaNo se permiteMáximo 1 mes, salvo convenio
Horas extraNo (salvo fuerza mayor); tampoco nocturno ni turnosNo (salvo fuerza mayor)

Formación en alternancia: trabajar mientras estudias

Sirve para que la persona compatibilice el trabajo con su formación. Lo que hace en tu empresa tiene que estar directamente relacionado con lo que estudia, dentro de un programa acordado con el centro de formación o la universidad.

Claves prácticas:

  • Habrá dos tutores: uno del centro y otro de tu empresa, con formación o experiencia adecuada.
  • El centro elabora, contigo, un plan formativo individual que debe ir incluido en el contrato.
  • Solo un contrato de este tipo por cada ciclo, titulación o certificado, aunque se pueden repartir entre varias empresas sin superar los dos años en total.
  • No puedes usarlo si esa persona ya ha hecho ese puesto en tu empresa más de seis meses.
  • Para certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2 y programas de empleo-formación, el límite de edad es de 30 años.

Salario: el del convenio para estos contratos. Si el convenio no dice nada, no menos del 60 % el primer año y 75 % el segundo del salario del grupo profesional, en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Y nunca menos del SMI proporcional, que en 2026 es de 1.221 euros al mes a jornada completa.

Práctica profesional: el primer empleo tras titularse

Pensado para que alguien con título adquiera experiencia adecuada a su nivel de estudios. Tú elaboras el plan formativo individual y asignas un tutor. Al terminar, debes entregar un certificado del contenido de las prácticas.

No se puede contratar con esta modalidad a quien ya tenga experiencia o formación en esa misma actividad en tu empresa por más de tres meses (sin contar las prácticas curriculares de sus estudios). Y nadie puede encadenar contratos de prácticas por encima del máximo con la misma titulación.

Salario: el del convenio para estos contratos o, si no lo hay, el del grupo y nivel de las funciones. Nunca por debajo del mínimo del contrato en alternancia ni del SMI proporcional.

Normas comunes

  • Se formalizan por escrito e incluyen el plan formativo.
  • La persona tiene toda la protección de la Seguridad Social, incluido el desempleo y el Fogasa.
  • Las bajas por IT, nacimiento, riesgo en el embarazo o lactancia y violencia de género interrumpen el cómputo de la duración.
  • Los límites de edad y de duración no se aplican en ciertos casos de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión contratadas por empresas de inserción.

Bonificaciones disponibles

Según el Real Decreto-ley 1/2023:

  • Contrato en alternancia: 91 euros al mes en la cuota empresarial y 28 euros al mes en la del trabajador durante toda su vigencia (no en programas públicos mixtos de empleo-formación).
  • Formación y tutoría: bonificaciones para financiar la formación cuando se imparte en la empresa y por tutorización, de hasta 1,5 euros por alumno y hora (2 euros si tienes menos de cinco trabajadores), con un máximo de 40 horas al mes (art. 26).
  • Si lo haces indefinido al terminar: 128 euros al mes durante tres años, o 147 euros si es mujer (art. 24).

No confundir con las prácticas no laborales

Las prácticas académicas externas de universitarios o las de FP no son un contrato de trabajo. Aun así, desde 2024 dan lugar a la inclusión en la Seguridad Social, según la disposición adicional 52.ª de la LGSS: si son no remuneradas, las obligaciones corresponden a la empresa donde se hacen, salvo que el convenio con el centro diga que las asume este. Revisa ese convenio antes de recibir a un estudiante.

Qué hacer ahora

  1. Define el puesto y comprueba qué titulación tiene o está cursando la persona: eso decide la modalidad.
  2. Revisa tu convenio colectivo: puede fijar salarios y duraciones específicas.
  3. Pide al centro el plan formativo (alternancia) o prepáralo tú (prácticas).
  4. Calcula el coste real con la calculadora de coste de empresa y descuenta las bonificaciones.
Comentar en el foroÚltima actualización: 28 oct 2026

Escrito por Equipo Simplifico

Contenido divulgativo elaborado por Simplifico para autónomos y pymes. No sustituye el asesoramiento profesional: comprueba siempre la normativa vigente en las fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria, Seguridad Social).

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